Wellbeing / Wellness
En diciembre de 2018 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
La presente norma no solo regula la protección de datos de carácter personal, sino que, además, entra a regular los derechos y libertades predicables al entorno de Internet y, muy en particular algunos derechos ligados tanto al ámbito digital como al ámbito laboral como pueden ser el derecho a la desconexión digital, en el marco del derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral, el derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización o el derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales de las personas trabajadoras.
Posteriormente entró en vigor la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia cuyo articulado desarrolla el derecho a la desconexión digital establecido por la Ley Orgánica citada anteriormente.
En el presente curso tendremos oportunidad de familiarizarnos con la Sociedad de la Información y del Conocimiento, valoraremos su estrecha relación con la desconexión digital, analizaremos las enfermedades y riesgos psicosociales asociados a las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, profundizaremos en el concepto de tiempo de trabajo y tiempo de desconexión y tendremos oportunidad de familiarizarnos con la normativa, tanto internacional como nacional en materia de desconexión digital.
Al finalizar la presente formación, serás capaz de:
No es necesario tener conocimientos previos, solo ilusión y ganas de aprender.
FUNDAE es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo que, a través de la gestión de fondos públicos, ayuda a las empresas a formar a las personas trabajadoras y les facilita su acceso gratuito o con descuento a la oferta formativa.
La formación bonificada es una formación subvencionada por el Estado español, a través de FUNDAE, que permite que las empresas mantengan a sus trabajadores formados para que éstos estén actualizados.
Toda empresa dispone un crédito formativo mínimo de 420€ al año para bonificar en formación. Este crédito del que dispone la empresa procede de la recaudación de la cuota de Formación Profesional que realiza la empresa a la Seguridad Social y se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media. FUNDAE dispone de una aplicación para poder calcular este crédito. Es importante saber que si el crédito no se emplea se pierde.
La gestión de la tramitación la puede realizar tu propia empresa o una gestoría. El siguiente VÍDEO muestra los pasos a seguir para que cualquier empresa pueda obtener bonificaciones.
Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social se aplicarán una vez comunicada la finalización de la formación, que debe hacerse con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.
La formación bonificada la pueden aplicar todas aquellas empresas españolas para sus trabajadores dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Los trabajadores en Régimen Especial de Autónomos no se pueden acoger a la bonificación, por lo que no disponen de crédito en FUNDAE y no pueden pedir este tipo de formación.
No, nosotros no realizamos las tramitaciones de las empresas para bonificarse la formación pero sí que facilitamos toda la información necesaria para poder gestionarla.
¿Quieres que te llamemos?